Tuesday, November 5, 2024

Gaza / Israel: Fiscal de la Corte Penal Internacional reitera urgencia de la emisión de órdenes de arresto

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Por Nicolas Boeglin

En un documento remitido el pasado 23 de agosto a la Sala de lo Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI), el Fiscal de la CPI ha reiterado su solicitud de órdenes de arresto contra dirigentes israelíes (su Primer Ministro y su Ministro de Defensa) y contra tres líderes del Hamás. 

Este documento permite además al Fiscal de la CPI, responder a algunos de los escritos remitidos a la CPI por parte de Estados, organizaciones internacionales, ONG y académicos, entre los cuales algunos (muy pocos en lo que concierne a Estados) que cuestionaron su actuar desde el punto de vista jurídico, a partir de interpretaciones jurídicas antojadizas.

Como bien se sabe, la CPI fue establecida en 1998 mediante la adopción del Estatuto de Roma, un instrumento internacional que registra 124 Estados Partes (véase estado oficial de firmas y de ratificaciones). En América Latina, el último Estado en haberlo ratificado fue Guatemala en el 2012, al tiempo que Cuba y Nicaragua persisten en no firmar este instrumento.

Como se puede observar mediante una breve búsqueda en la red, es realmente muy poca la difusión que se ha hecho al contenido de este documento en los grandes medios de prensa internacionales desde el 23 de agosto pasado.

El drama indecible que se vive en Gaza

Se recomienda la lectura del último informe de situación elaborado por Naciones Unidas al 30 de agosto del 2024 (véase enlace). 

En el penúltimo informe (al 26 de agosto de 2024, véase enlace) se lee que el bombardeo incesante sobre la población civil de Gaza por parte de Israel no ha sido interrumpido, con nuevos dramas vividos en Gaza en los últimos días de manera constante:

Between the afternoons of 23 and 26 August, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 170 Palestinians were killed and 390 were injured. Between 7 October 2023 and 26 August 2024, at least 40,435 Palestinians were killed and 93,534 were injured, according to MoH in Gaza.

The following are some of the deadly incidents reported between 22 and 25 August:

On 22 August, five Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in the vicinity of Bani Suheila square, east of Khan Younis.

On 23 August, five Palestinians were reportedly killed when a vehicle was hit southeast of Khan Younis.

On 23 August, four Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in northwestern An Nuseirat Refugee Camp, Deir al Balah.

On 24 August, four Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in Maan area, east of Khan Younis.

On 24 August, 11 Palestinians, including women and children, were reportedly killed and 30 others injured when a house was hit in Al Amal neighborhood, west of Khan Younis.

On 24 August, at about 12:10, eight Palestinian men were reportedly killed when a vehicle (tuk-tuk) was hit in northwestern Rafah.

On 25 August, eight Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit south of Deir al Balah”.

Es de notar que el saldo mortífero de más de 40.000 personas en Gaza se sitúa, para algunos especialistas, muy por debajo de la realidad. En efecto, en un reciente artículo publicado por un renombrado especialista militar invitado en un sinnúmero de espacios informativos en Francia, y titulado “Guerres en Ukraine et en Israël, (enfin) des voies de sortie en perspective?”, se lee que la cifra real podría corresponder a unas 100.000 personas fallecidas en Gaza desde el 7 de octubre del 2023:

les évaluations des dégâts des bombardements montrent – même en hypothèse basse – que le bilan projeté se situe plutôt autour de 100,000 morts et donc de 350,000 blessés (le ratio de 3,5 est la « norme »), soit 20% de la population palestinienne de Gaza « au bas mot » (450,000 / population initiale de 2,3 millions), blessée ou tuée par cette guerre démesurée.

La ausencia de datos verificables responde en gran parte a la ausencia de un personal de agencias humanitarias desplegado en toda Gaza, y a la ausencia de medios de prensa que puedan documentar e informar a la opinión pública internacional sobre la realidad que se vive en Gaza y sobre el alcance exacto de los bombardeos aéreos a los que Israel somete a la población civil de Gaza. A ese respecto, el asesinato deliberado por parte de Israel de periodistas, camarógrafos, asistentes de medios de prensa llevó a unas 60 organizaciones que velan por la protección de los periodistas  a elevar el tono y a exigir a la Unión Europea (UE) tomar acciones (véase carta colectiva con fecha del 22 de agosto del 2024). En dicha misiva, se lee que:

Journalists play an indispensable role in documenting and reporting on war crimes and other human rights violations. The cumulative effect of these abuses is to create the conditions for an information void, as well as for propaganda and mis- and disinformation. While Israel contends that its actions are to keep its people safe, history shows that censorship and denial of the right to information is a flawed path to peace or security. We, therefore, write to you today to call for the suspension of the Israel / EU Association Agreement on the basis that it has violated international human rights and criminal law and for the adoption of targeted sanctions against IDF officials and others responsable”.

Al 23 de agosto del 2024, según el Committee to Protect Journalists (CPJ), el número de periodistas asesinados en Gaza por las fuerzas militares de Israel desde el 7 de octubre del 2023, asciende a 116 profesionales de la comunicación (véase informe).

En cuanto al personal humanitario de Naciones Unidas en Gaza, el pasado 19 de agosto se conmemoró, en el Día Internacional de la Acción Humanitaria, la muerte de 280 funcionarios de Naciones en Gaza desde el 7 de octubre del 2023 (véase comunicado): un saldo jamás alcanzado en ningún teatro de operaciones en los que personal de Naciones Unidas ha estado presente.

En otro ámbito relacionado a las exacciones que se comete en Gaza, este 26 de agosto, fue la ONG Human Rights Watch la que publicó un detallado informe sobre la tortura a la que fueron sometidas personas trabajando en hospitales en Gaza, capturadas por Israel (véase informe).

Tuvimos recientemente la oportunidad de detallar estos y algunos otros aspectos del drama indescriptible que se vive en Gaza, así como de analizar la fracasada estrategia militar en Gaza en una emisión del programa Desayunos de Radio UCR (véase enlace a emisión del 21 de agosto titulada “¿Qué está pasando en Gaza?“).

Si bien la atención se ha centrado en la situación en Gaza, el última informe de Naciones Unidas sobre la situación en Cisjordania (véase informe al 28 de agosto del 2024) revela el clima de impunidad ante las exacciones de todo tipo cometidas por colonos contra familias palestinas y sus bienes, ante la pasividad de las fuerzas de seguridad israelíes, con un saldo de 622 personas fallecidas desde el 7 de octubre del 2023 en Cisjordania y en Jerusalén Oriental.

Las conclusiones del Fiscal en breve

En un extenso documento de 49 páginas (véase texto completo), el Fiscal de la CPI rechaza varias opiniones enviadas por algunos Estados y entidades a la CPI sobre algunas supuestas limitaciones que derivaría para la CPI de los acuerdos de Oslo, y concluye que:

113. In addition to being manifestly out of time, Israel’s letter neither mentions article 18 nor satisfies the legal requirements of a deferral request under article 18. Merely asserting the capacity of the Israeli justice system and that some investigations are ongoing is not sufficient. The requesting State bears the burden of proof and must demonstrate that its proceedings sufficiently mirror the scope of the Prosecution’s intended investigation. It must provide information of a sufficient degree of specificity and probative value to demonstrate an advancing process of relevant domestic investigations or prosecutions, including patterns of criminality and high-ranking officials. Israel did not provide any such material that would meet this burden. Nor, as outlined above, does any such information appear to exist.

IV. RELIEF REQUESTED

114. The Prosecution respectfully requests the Pre-Trial Chamber to:

– dismiss in limine the observations unrelated to the Oslo Accords; and

– urgently render its decisions under article 58, on the basis of the Prosecution’s Applications, these submissions, and the Article 19(3) Decision“.

En la parte inicial de su opinión, se lee que para el Fiscal de la CPI, los argumentos según los cuales Israel ha procedido a investigar las exacciones de sus fuerzas militares en Gaza no son de recibo:

” 8. (…) As the Prosecution has concluded, and as is evident from the public record, there are no domestic proceedings at present which deal with substantially the same conduct and the same persons as the cases presented to the Chamber pursuant to article 58 of the Statute. There is no information indicating that Benjamin NETANYAHU or Yoav GALLANT, Israel’s Prime Minister and Minister of Defence, respectively, are being criminally investigated or prosecuted, and indeed the core allegations against them have simply been rejected by Israeli authorities“.

En otra parte de su escrito, se indica que para el Fiscal de la CPI:

93. In any case, and additionally, the available information does not show that Israel is investigating substantially the same conduct as the ICC. For instance, the information available does not suggest that the above inquiries relate to the conduct underlying the war crime of starvation and/or related crimes. Likewise, the available information does not suggest any inquiry into patterns of criminality, or the potential responsibility of high-ranking officials, which may among other considerations signify the investigation of contextual elements of crimes against humanity. Indeed, significantly, on 28 May 2024 the MAG categorically rejected the commission of these crimes without any indication or implication that such conclusions resulted from a full and rigorous investigation, or indeed any investigation at all”.

Breve contexto procesal

De esta manera, el plazo otorgado por la Sala de lo Preliminar de la CPI para la recepción de opiniones legales llega a su fin, debiendo ahora la Sala de lo Preliminar tomar una decisión definitiva sobre la solicitud de arresto que recibió desde el 20 de mayo del 2024 por parte del mismo Fiscal de la CPI.

Este plazo adicional de tiempo se debe a una maniobra inicial del Reino Unido de carácter dilatorio registrada en junio del 2024, que abrió un compás de espera para que los jueces de la CPI recibieran opiniones jurídicas variadas enviadas por Estados, organizaciones internacionales, ONGs y académicos.  En razón del resultado de las elecciones en el Reino Unido del 4 de julio del 2024, sus nuevas autoridades consideraron innecesario continuar la gestión, y no remitieron ninguna opinión jurídica a la CPI en nombre del Reino Unido.

Con relación  a América Latina, habíamos tenido la oportunidad de referir a las opiniones jurídicas enviadas por Estados de América Latina a la CPI en una nota anterior editada el 6 de agosto del 2024, y titulada “América Latina ante el drama en Gaza: a propósito de las observaciones enviadas por Bolivia, Brasil, Chile, Colombia y México a la Corte Penal Internacional (CPI)“. 

Si algunos de nuestros estimables lectores no encuentran enlistado a su país de origen, es muy válida la interrogante sobre el punto de saber a qué puede estar obedeciendo semejante omisión e inacción por parte de sus autoridades nacionales. Hacemos a un lado el caso particular de nuestros lectores argentinos, como se explicará a continuación. 

En el caso específico de Ecuador, el reciente acuerdo con Israel (abril del 2024) denota un acercamiento – bastante insólito – de un Estado de América Latina con las actuales autoridades de Israel (véanse comunicado oficial de Ecuador y  nota de prensa de El Telégrafo, de abril del 2024). 

En el caso de Paraguay, un reciente anuncio oficial sobre la idea de trasladar nuevamente su Embajada de Tel Aviv a Jerusalén evidencia la cercanía actual de sus autoridades con las de Israel (véase nota de MercoPress de julio del 2024). Cabe recordar que en mayo del 2018, Paraguay anunció trasladar a Jerusalén su Embajada (véase comunicado oficial del 9 de mayo del 2018), decisión revertida unos meses después por las nuevas autoridades guaraníes (Nota 1).

Es de señalar que la comunicación remitida por Colombia a la CPI fue precedida por las de España (véase documento), Irlanda (véase documento), así como de Noruega, presentada el 5 de agosto (véase documento completo) que apuntan en la misma dirección, así como por la remitida por Palestina (véase documento): la justicia penal internacional está jurídicamente plenamente habilitada para aplicarse en el territorio palestino ocupado, sin limitación de algún tipo.

Como dato de interés, pasado por alto por la gran mayoría de artículos de prensa y de comentarios firmados por analistas, editorialistas y especialistas, Israel optó por no remitir ninguna opinión escrita a la CPI.

También cabe mencionar la opinión jurídica remitida a la CPI por los 30 expertos de derechos humanos de Naciones Unidas que enviaron una opinión conjunta a los jueces de la CPI (véase documento, cuya lectura completa se recomienda), y que concluyen señalando de manera enfática que:

23. The Mandate Holders recognize the Court’s role in ensuring international justice as a critical component of preserving international order through the protection of the interests of victims of international crimes. People around the world, especially youth, advocating for the application of international law, are watching closely, hoping the promises of international peace are not devoid of meaning.

24. In light of the expert opinions shared in this document, the Mandate Holders urge the Court not to further delay the delivery of justice in the occupied Palestinian territory, through the prosecution of alleged criminals. The significant effects of this failure would be felt far beyond the tormented land of Palestine”.

Pese a no haber continuado la gestión iniciada por las autoridades del Reino Unido en junio del 2024, el carácter dilatorio de la maniobra británica explica que desde la solicitud de emisión de órdenes de arresto con fecha del 20 de mayo por parte del Fiscal, la CPI todavía esté analizando dicha solicitud. 

El plazo de tiempo puede ser comparado con la órden de arresto contra dos altos funcionarios en Rusia (incluyendo a su Presidente) emitida por una Sala de lo Preliminar de la CPI el 17 de marzo del 2023 (véase comunicado oficial de la CPI), precedida por una solicitud del Fiscal con fecha del 22 de febrero del 2023. 

El caso particular de Estados Unidos

Alegando una supuesta limitación a la jurisdicción de la CPI, Israel ha podido contar con un documento oficial remitido por Estados Unidos (véase documento). La particularidad consiste en que este documento proviene de un Estado que no es Estado Parte al Estatuto de Roma de 1998 que crea la CPI.

También remitieron un documento que intenta restringir la jurisdicción penal internacional en Gaza de la CPI los siguientes Estados europeos, que sí son Estados Partes al Estatuto de Roma: Alemania (véase documento), Hungría (véase documento) así como  la República Checa (véase documento). 

Esta vez, no remitieron ninguna opinión favorable a Israel a los jueces de la CPI Estados que, usualmente, son muy solícitos cuando se trata de Israel y de la justicia penal internacional: Australia, Austria, Canadá, Guatemala, Uganda y Reino Unido así como algunas de las islas del Pacífico (Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau y Papúa Nueva Guinea). Se trata de un pequeño grupo de Estados que usualmente aparece votando con Israel y con Estados Unidos en Naciones Unidas y que tampoco apareció en diciembre del 2023 al votarse una resolución en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino: véase resolución A/Res/78/192), que registró 172 votos a favor, 10 abstenciones y únicamente 4 votos en contra (Estados Unidos, Israel, Micronesia y Nauru).

Los párrafos 16-26 del escrito remitido por Estados Unidos  (véase documento)  constituyen un intento para desacreditar la solicitud del Fiscal de la CPI con base en una interpretación de las disposiciones del Estatuto de Roma al que Estados Unidos… no es Estado Parte.

Un Estado no Parte a un instrumento internacional emblemático como el Estatuto de Roma… ¿explicando cómo se deben de interpretar sus disposiciones a los jueces de la CPI? ¿Cómo así? Como se lee.

La profunda soledad de Argentina

Por parte de América Latina, como gesto notorio en apoyo a las tesis jurídicas favorables a Israel sobre una supuesta limitación a la jurisdicción de la CPI derivada de los acuerdos de Oslo de 1993, encontramos el único escrito remitido por Argentina (véase documento): como detalle de cierto interés, el documento viene firmado por la titular de la diplomacia argentina, a diferencia de los demás escritos remitidos por Estados a la CPI, firmados ya sea por un funcionario diplomático subalterno de relevancia relativa (caso de Alemania, Estados Unidos, Hungría, Irlanda, Noruega, República Checa), por el Chargé d´Affaires de turno en la legación diplomática en La Haya (Colombia, Brasil) o bien por el representante diplomático en La Haya: es el caso de Bolivia, España, así como del documento suscrito conjuntamente por Chile y México (véase texto). 

En el caso de República del Congo, el texto remitido viene también firmado por un ministro: el Ministro de Justicia.

Sería de interés conocer las razones exactas por las que la diplomacia argentina y la congolesa optaron por enviar un documento de esta naturaleza firmado de puño y letra por un funcionario con rango de ministro. 

Con relación al “aporte” de Argentina en favor de las tesis jurídicas favorables a Israel en este mes de agosto del 2024 (véase documento), es de notar que, en el marco de un ejercicio similar, fue Brasil en el 2020 el que explicó que la CPI no podía ejercer su jurisdicción con relación a las exacciones cometidas por Israel en el territorio palestino ocupado (véase el documento suscrito por un funcionario subalterno): una “coïncidencia” entre el Brasil de Bolsonaro y la actual Argentina de Milei que merece ser mencionada. 

Cabe precisar que recientemente en Brasil se descubrió la existencia de una “nube” electrónica albergada en Israel con los datos personales de más de 30.000 brasileños (véase nota de prensa de Página12 de enero del 2024): al parecer, el programa Pegasus y otros programas informáticos que Israel ha obsequiado a los Estados árabes que aceptaron normalizar sus relaciones en el marco de los denominados “Acuerdos de Abraham” del 2020 (y que permiten espiar y vigilar conversaciones de opositores políticos)  – véase artículo del New York Times del 2022 y  véase nota del MERP del 2023 – también fue obsequiado al Brasil del Presidente Jair Bolsonaro. Desde una perspectiva de derechos humanos, este informe de la ONG Amnistía Internacional analiza el riesgo que significa, para opositores políticos, sindicalistas, periodistas críticos y activistas en general u organizaciones sociales, el programa Pegasus. En el 2022, la misma Human Rights Watch denunció que su personal fue objeto de vigilancia recurriendo a este programa informatíco israelí (véase nota).

Volviendo a la CPI, en aquella ocasión (2020), la argumentación jurídica de Brasil, al igual que la de Alemania, Austria, Hungría, República Checa y Uganda fue rechazada por la Sala de lo Preliminar en una histórica decisión del 5 de febrero del 2021, que tuvimos la oportunidad de analizar en su momento (Nota 2). 

En este mes de agosto del 2024, Argentina es el único Estado de América Latina en haber hecho llegar a la CPI un escrito para intentar favorecer a Israel ante los jueces de la CPI.

No está demás señalar que al votarse en la Asamblea General de Naciones Unidas una resolución en mayo del 2024 sobre los derechos de Palestina como futuro Estado Miembro de Naciones Unidas, Argentina volvió a “destacarse” en América Latina al ser el único Estado de la región en votar en contra, conjuntamente con 8 Estados más: Estados Unidos, Hungría, Israel, Micronesia, Nauru, Palau, Papúa Nueva Guinea y República Checa (véase al respecto nuestra nota titulada” Palestina: a propósito de la reciente resolución sobre derechos de Palestina como  futuro Estado Miembro de Naciones Unidas” editada el 10 de mayo del 2024).

CPI e Israel: una vigilancia extrema

Nótese que en mayo del 2024 un grupo de periodistas en Israel dieron a conocer un programa específico de escuchas e intercepción de los servicios de inteligencia israelíes dedicado únicamente al personal de la CPI y al contenido de sus computadoras: el artículo titulado “Surveillance and interference: Israel covert war on the ICC exposed” publicado por el medio Magazine+972 el 28 de mayo del 2024 constituye un reportaje de lectura muy recomendada, en el que se puede saber cómo desde casi 10 años Israel ha estado vigilando constantemente a la CPI y a su personal.

Entre otros detalles, se lee que:

“The former prosecutor was far from the only target. Dozens of other international officials related to the probe were similarly surveilled. One of the sources said there was a large whiteboard with the names of around 60 people who were under surveillance — half of them Palestinians and half from other countries, including UN officials and ICC personnel in The Hague”.

También se indica que por cada caso llevado a conocimiento de la CPI “interceptado“, Israel preparaba información detallada en aras de hacer valer sus propias investigaciones internas llevadas a cabo, todo ello en aras de poder invocar ante el Fiscal y los jueces de la CPI el principio de complementariedad:

If materials were transferred to the ICC, it had to be understood exactly what they were, to ensure that the IDF investigated them independently and sufficiently so that they could claim complementarity,” one of the sources explained. “The claim of complementarity was very, very significant”.

Ante la reprobación general y la falta de transparencia de las mismas autoridades de los Países Bajos (véase nota de The Guardian del 31 de mayo del 2024 informando de una iniciativa de un legislador), finalmente, las autoridades de los Países Bajos convocaron a los representantes de Israel en la capital holandesa para solicitarles aclaraciones y manifestarles su profunda indignación ante semejante actuar (véase nota de The Guardian, del 24 de junio del 2024): este programa de escuchas e intercepciones israelí viola las reglas más elementales que protegen a las organizaciones internacionales y a sus funcionarios, vigentes en el ordenamiento jurídico internacional. 

A modo de conclusión

Pese a la gravedad de las revelaciones hechas desde Israel por periodistas israelíes extremadamente bien informados que también dieron a conocer la existencia del programa de inteligencia artificial “Lavender” (Nota 3), el tiempo tomado por las autoridades de los Países Bajos para proceder a convocar a los diplomáticos de Israel evidencia algún tipo de resistencia en el seno de su aparato estatal.

Por lo pronto, finalizado el plazo de recepción de opiniones jurídicas, son los tres jueces de la Sala de lo Preliminar de la CPI los que deberán anunciar en los próximos días (o semanas) su decisión final con respecto a la solicitud hecha el 20 de mayo por parte del Fiscal de la CPI, con relación a dos altas autoridades en Israel (su Primer Ministro y su Ministro de Defensa) y a tres dirigentes del Hamás (de los cuales uno fue asesinado en Teherán por Israel el pasado 31 de julio).

Sobre el autor:

Dr. Nicolas Boeglin.

Nicolas Boeglin, es Profesor de Derecho Internacional Público, en la Facultad de Derecho, de la Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com

– -Notas – –

Nota 1: sobre la decisión de trasladar la embajada de Tel Aviv a Jerusalén por parte del Presidente Cartes en Paraguay en mayo del 2018, y luego la decisión del nuevo Presidente Mario Abdo Benitez de regresarla a Jerusalén unos meses después, véase nuestra notaBOEGLIN N., ” La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva“, editada el 11 de septiembre del 2018.

Nota 2: Véase nuestra nota BOEGLIN N., “Corte Penal Internacional (CPI) / Palestina: ¿el fin de la impunidad para los autores de crímenes de guerra cometidos en Palestina?“, editada el 5 de febrero del 2021.

Nota 3: Este mismo grupo de periodistas de investigación israelíes dieron a conocer al mundo la existencia del programa de inteligencia artificial “Lavender” mediante el cual Israel procede a escoger a las personas que elimina en Gaza: véase artículo publicado el 3 de abril del 2024 en el medio digital Magazine +972, titulado ” ‘Lavender’: The AI machine directing Israel’s bombing spree in Gaza“, cuya lectura completa se recomienda. En Francia, la ONG denominada AURDIP tuvo la generosa idea de traducir este artículo al francés, cuyop texto está disponible en este enlace

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